A partir del 3 de Agosto, fecha en que se publica en el diario oficial, entra en rigor la ley 21.100 que explícitamente «PROHÍBE LA ENTREGA DE BOLSAS PLÁSTICAS DE COMERCIO EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL»
De acuerdo con la normativa, a partir de su publicación oficial, los grandes comiercios podrán entregar un máximo de 2 bolsas en un período de 6 meses, mientras que las micro, pequeñas y medianas empresas tienen un plazo de dos años. Según reza el artículo 3 de la misma, se excluyen de esta prohibión «las bolsas que constituyan el envase primario de alimentos, que sea necesario por razones higiénicas o porque su uso ayude a prevenir el desperdicio de alimentos» .
Así mismo se declara que por la infracción a la norma, se aplicarán multas de hasta 5 UTM por cada bolsa plástica de comercio entregada.
La publicación también insta al Ministerio de Medio Ambiente a fomentar educación ambiental sobre el impacto de uso de las bolsas plásticas, así como de reutilización y reciclaje.
ABR
2018